Articulo 2461 DLeg. 3/2008, de 25 de junio, Cataluña, TR. Ley de tasas y precios públicos
Ver Indice
»Artículo 24.6-1. Hecho imponible
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Constituye el hecho imponible de la tasa la actividad administrativa que genera la verificación posterior de los requisitos y obligaciones exigibles a los instaladores de telecomunicaciones que inician su actividad en Cataluña, así como la inscripción en el Registro de instaladores de telecomunicaciones de Cataluña.
Modificaciones
- Artículo modificado por LEY 2/2014, de 27 de enero, de medidas fiscales,administrativas, financieras y del sector público.
(GC de 30-01-2014) en vigor desde 02-09-2014
