Articulo 247 por el que se aprueban las Instrucciones Generales para la Ordenación de los Montes Arbolados en Castilla y León
- Norma vigente hasta el 25 de septiembre de 2025. - DECRETO 12/2025, de 4 de septiembre, por el que se regula la planificación y ordenación forestal en Castilla y León.
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»Artículo 247.
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La Revisión correspondiente al final del turno o plazo de transformación deberá incluir, además de los contenidos que se desarrollan en los siguientes artículos, un estudio completo y detallado de la evolución de la ordenación durante dicho plazo: Existencias y crecimientos por unidades de inventario y/o unidades dasocráticas, posibilidades, cambios producidos en cuanto a métodos de ordenación, tipos de cortas de regeneración, cambios de destino de unidades dasocráticas, grandes perturbaciones, etc.
