Articulo 249 Reglamento del Registro Mercantil
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Artículo 249. Contenido de la hoja.

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En la hoja abierta a cada sociedad de garantía recíproca se inscribirá, además de los actos enumerados en el artículo 94 en la medida en que sean compatibles con su específica regulación, el importe anual del capital suscrito.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-07-1996 en vigor desde 31-07-1996