Articulo 25 Alojamientos de turismo rural en La Mancha
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»Artículo 25. Régimen específico de los alojamientos rurales singulares.
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Para la clasificación del alojamiento como singular, junto con la declaración responsable regulada en el artículo 8, se deberá declarar que se dispone de un informe técnico en el que se justifique la singularidad del alojamiento y, en su caso, la imposibilidad de cumplir con los requisitos de clasificación de cada tipo de alojamiento previstos en este decreto, así como las posibles mejoras que justifiquen su clasificación como alojamiento rural singular.
