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Articulo 25 Áreas municipales de impulso comercial

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Artículo 25. Tesorería

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El tesorero o la tesorera tendrá la función de custodiar y controlar los recursos de la asociación, así como de elaborar el presupuesto, el balance y la liquidación de cuentas. Llevará un libro de caja. Firmará los recibos de cuotas y otros documentos de tesorería. Pagará las facturas que apruebe la junta directiva, que previamente visará el presidente o la presidenta. El secretario o la secretaria podrá asumir las funciones del tesorero o la tesorera.