Articulo 25 Autorización ...sanitarios

Articulo 25 Autorización de centros y servicios sanitarios

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Artículo 25. Asientos.

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1. El Registro consta de los siguientes tipos de asientos:

a) De autorización de instalación.

b) De autorización de funcionamiento.

c) De autorización de modificación.

d) De renovación de las autorizaciones de funcionamiento.

e) De comunicación o, en su caso, declaración de cierre.

2. Los asientos se efectuarán de oficio una vez dictadas las correspondientes resoluciones por el titular o la titular de la Consejería competente en materia de sanidad o efectuada la comunicación de cierre.