Articulo 25 Autorización de centros y servicios sanitarios
- Con efectos de 1 de mayo de 2019 las referencias efectuadas en la presente norma al Registro de Centros y Servicios Sanitarios se entenderán hechas al Registro de Centros, Servicios y Establecimientos Sanitarios del Principado de Asturias. - Ley del Principado de Asturias 7/2019, de 29 de marzo, de Salud. [Cod. 2019-03619]
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»Artículo 25. Asientos.
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1. El Registro consta de los siguientes tipos de asientos:
a) De autorización de instalación.
b) De autorización de funcionamiento.
c) De autorización de modificación.
d) De renovación de las autorizaciones de funcionamiento.
e) De comunicación o, en su caso, declaración de cierre.
2. Los asientos se efectuarán de oficio una vez dictadas las correspondientes resoluciones por el titular o la titular de la Consejería competente en materia de sanidad o efectuada la comunicación de cierre.
