Artículo 25 bis Cuerpos y... I Balears

Artículo 25 bis. Funciones del cuerpo de intervención y auditoría.

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Artículo 25 bis. Funciones del cuerpo de intervención y auditoría.

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Al cuerpo de intervención y auditoría le corresponden las funciones de dirección, programación y gestión de la contabilidad pública y la información contable de la Administración autonómica, la coordinación de la de los entes que integran el sector público autonómico, el desarrollo de la función interventora previa o posterior y el control financiero posterior y la auditoría interna de la gestión económico-financiera pública.

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