Articulo 25 Cambio climático y la transición ecológica
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»Artículo 25. Evaluación ambiental
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1. En los procedimientos de evaluación ambiental de los planes, programas y proyectos que estén sujetos a la misma se tendrán en cuenta los objetivos de esta ley y los del Plan Valenciano Integrado de Energía y Cambio Climático.
2. En los informes que emita el departamento con competencias en materia de cambio climático en estos procedimientos se evaluará el potencial impacto directo e inducido sobre el consumo energético y emisiones de gases de efecto invernadero y evaluación del riesgo climático, así como la adecuación en el Plan Valenciano Integrado de Energía y Cambio Climático y a la normativa vigente en materia de cambio climático.
