Articulo 25 Carta de Derechos Sociales de C. Valenciana
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»Artículo 25. Del principio de igualdad en el ámbito laboral
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La Generalitat, en el ámbito de sus competencias y de acuerdo con lo que establezca la legislación del Estado, garantizará.
1. La igualdad de derechos de hombres y mujeres en materia de empleo y trabajo.
2. El derecho de todas las personas a un trabajo en condiciones de igualdad, que permita la conciliación de la vida personal, familiar y laboral y el desarrollo humano y profesional.

