Articulo 25 Código de Conducta del personal de la Guardia Civil
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Articulo 25 Código de Conducta del personal de la Guardia Civil

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Artículo 25. Serenidad, prudencia y firmeza.

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En sus intervenciones, actuarán de manera racional y con el temple necesario, con serenidad y prudencia, siguiendo los principios de oportunidad, congruencia y proporcionalidad, con la confianza en que sus propias aptitudes, juicios y criterios técnicos le permitirán tomar las decisiones más acertadas.