Articulo 25 Conservación de la Naturaleza en La Mancha
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»Artículo 25. Planes de Ordenación de los Recursos Naturales: Definición.
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1. La finalidad de la planificación de los recursos naturales será adecuar su gestión, y en especial la de las áreas naturales y de las especies a proteger, a los principios inspiradores señalados en el artículo 3 de la presente Ley.
2. Como instrumento de esa planificación, se configuran los Planes de Ordenación de los Recursos Naturales, en adelante P.O.R.N. que con independencia de su denominación tendrán los objetivos y contenidos establecidos en los apartados siguientes.
