Articulo 25 denominacion, simbolos y registro de entes locales de Cataluña
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»Artículo 25. Blasonamiento.
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El blasonamiento es la descripción de la forma, de los esmaltes y de las cargas de un escudo. Debe ser lo más simple y sencillo posible, diferenciador de otros escudos, y debe dar preferencia a la señal propia del ente local respecto de otras señales que puedan figurar.
