Articulo 25 el que se desarrolla la Ley Foral 16/2005, de 5 de diciembre, de Ordenacion Vitivinicola
Artículo 25. Organos del Consejo Regulador.
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1. Son órganos del Consejo Regulador:
El Presidente, elegido por mayoría cualificada de dos tercios por los vocales electos del Pleno.
El Pleno, está constituido por el Presidente y por los vocales.
2. Si el Presidente es elegido entre los vocales, para mantener la paridad, no se cubrirá su puesto de vocal. Cuando el Presidente no sea elegido entre vocales, para mantener la paridad entre productores y comercializadores, no podrá pertenecer a ninguno de estos ámbitos.
3. Los vocales elegidos por representar a una empresa inscrita cesarán en su cargo al cesar en dicha empresa, aunque siguieran vinculados al sector, procediéndose a sustitución por sus respectivos suplentes.
4. Podrán asistir al Pleno, con voz pero sin voto, un representante designado por el Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación y otro por el Departamento de Industria y Tecnología, Comercio y Trabajo.
5. Todos los cargos electos serán renovados cada cuatro años, pudiendo ser reelegidos.
