Articulo 25 Educacion en el Tiempo Libre

Articulo 25 Educacion en el Tiempo Libre

Ver Indice
»

Artículo 25. Declaración responsable.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Las Instalaciones de Educación en el Tiempo Libre en las que se vaya a pernoctar deberán presentar una declaración responsable ante la Dirección General competente en materia de juventud, con un mínimo de veinte días de antelación al inicio de la actividad, en la que indicará que se dispone de la documentación que acredite el cumplimiento de las condiciones establecidas en las normas de desarrollo de la presente Ley y demás normativa que resulte aplicable.

Modificaciones