Articulo 25 Electoral de C León

Articulo 25 Electoral de C. León

Ver Indice
»

Artículo 25.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Para presentar candidaturas, las agrupaciones de electores necesitarán, al menos, la firma del uno por ciento de los inscritos en el censo electoral de la circunscripción.

Ningún elector puede dar su firma para la presentación de varias candidaturas.