Articulo 25 Eliminacion d...s rellenos

Articulo 25 Eliminacion de residuos mediante deposito en vertedero y la ejecucion de los rellenos

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Artículo 25. Prevención de la contaminación del suelo.

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En tanto que la actividad de vertido de residuos se encuentra recogida como actividad potencialmente contaminante del suelo en el anexo II de la Ley 1/2005, 4 febrero, para la prevención y corrección de la contaminación del suelo, las personas físicas o jurídicas titulares de estas instalaciones de eliminación de residuos deberán dar cumplimiento al conjunto de obligaciones que para las actividades potencialmente contaminantes del suelo se recogen en la citada norma.