Articulo 25 se establecen...lo y baile

Articulo 25 se establecen normas sobre ordenación de bares, restaurantes y cafeterías y establecimientos con música, espectáculo y baile

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Artículo 25.-Comisión de Restauración.

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Se crea la Comisión de Restauración de Aragón, de la que formarán parte el Director General de Turismo, que la presidirá, tres vocales designados por la Administración Turística y un vocal por cada una de las Asociaciones Provinciales Empresariales del sector de la Hostelería.

Corresponde a la Comisión de Restauración la promoción del sector, elaborando cuantos informes y propuestas sean precisos para el cumplimiento de sus fines, así como las medidas tendentes a la potenciación de la gastronomía aragonesa. Se reunirá como mínimo una vez al semestre.