Articulo 25 Medidas Economicas, Fiscales y Administrativas 2002 C. León
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»Artículo 25. Modificación del artículo 156.
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Se introduce un segundo párrafo en el artículo 156 de la Ley 7/1986, redactado del modo siguiente:
«Las universidades públicas de la Comunidad remitirán a la Junta de Castilla y León, para la formación de la Cuenta General y su posterior remisión al Consejo de Cuentas y al Tribunal de Cuentas, la liquidación del presupuesto y el resto de documentos que constituyan sus cuentas anuales antes del 31 de agosto del año siguiente al que se refieran».
