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Articulo 25 Modificación del Decreto legislativo 1/2014, disposiciones legales de la comunidad autónoma de las Illes Balears en materia de tributos cedidos por el Estado

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Artículo vigesimoquinto. Adición de una nueva disposición adicional cuarta al texto refundido de las disposiciones legales de la comunidad autónoma de las Illes Balears en materia de tributos cedidos por el Estado, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2014, de 6 de junio

Vigente

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Se añade una nueva disposición adicional, la disposición adicional cuarta, al citado texto refundido, con la siguiente redacción:

"Disposición adicional cuarta

Adecuación de la normativa tributaria a lo que dispone la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 3 de septiembre de 2014 (asunto C-127/12)

Todas las referencias de este texto refundido a la obligación personal de contribuir se entenderán sin perjuicio de lo que establecen la disposición adicional cuarta de la Ley 19/1991, de 6 de junio, del impuesto sobre el patrimonio, y la disposición adicional segunda de la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del impuesto sobre sucesiones y donaciones."