Articulo 25 Modificación de la Ley de espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos
Artículo 25. Modificación del artículo 36 de la Ley 14/2010
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1. Se modifica el párrafo primero del ordinal primero del artículo 36 de la ley 14/2010, que pasa a tener el siguiente texto:
«La publicidad que se realice para la celebración de espectáculos públicos, actividades recreativas o actividades socioculturales deberá contener la siguiente información de interés para el público y, al menos, la siguiente: [...].»
2. Se modifica el ordinal tercero del artículo 36 de la Ley 14/2010, que pasa a tener el siguiente texto:
«3. La publicidad y promoción de los espectáculos públicos, actividades recreativas, actividades socioculturales y establecimientos públicos no podrá incluir contenidos ni referencias que contravengan el principio de igualdad constitucional y, muy especialmente, aquellos cuya realización y difusión suponga una discriminación de carácter sexista o por razón de género.»
