Articulo 25 ORDENde16dema...adedeporte

Articulo 25 ORDENde16demayode2013,delaConsejeradeEducación,Universidad,CulturayDeporte,porlaqueseestablecenlasbasesreguladorasparalaconcesióndesubvencionesenmateriadedeporte.

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Artículo 25. Resolución.

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1. El procedimiento de concesión de las subvenciones se resolverá en el plazo máximo de seis meses, computado a partir de la fecha de publicación de la convocatoria, salvo que la misma posponga sus efectos a una fecha posterior.

2. La resolución se motivará en atención a los requisitos exigidos y criterios establecidos para la valoración de las solicitudes.

3. Dicha resolución, además de contener el solicitante o la relación de solicitantes a los que se les concede la subvención hará constar, en su caso, de manera expresa la desestimación del resto de solicitudes.

4. Cuando así lo prevea la correspondiente convocatoria, el órgano competente para resolver las solicitudes a propuesta del órgano instructor podrá elaborar una lista de reserva que incluirá, por el orden de prelación que resulte de la aplicación de los criterios de valoración, a aquellos solicitantes de subvención que, a pesar de cumplir las condiciones requeridas para ser beneficiario no hayan resultado seleccionados como tales.

Dicha lista de reserva permitirá que quienes la integren puedan acceder a la condición de beneficiario en el caso de que no se produzca la aceptación de los beneficiarios en los términos y plazo previstos.

5. Excepcionalmente, cuando el volumen del importe total de solicitudes resulte ser significativamente superior al importe global máximo destinado a la subvención, el órgano competente podrá proceder al prorrateo entre los beneficiarios del importe global máximo destinado a las subvenciones.

6. El contenido de la resolución deberá ser comunicado a cada uno de los solicitantes, de acuerdo con lo estipulado en el artículo 14.3 de la presente orden.

7. En los procedimientos de concurrencia competitiva, la convocatoria podrá prever la sustitución de la notificación a los interesados por la publicación de la resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.