Articulo 25 Patrimonio histórico de I. Balears
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»Artículo 25. Prohibición de detectores de metales.
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Se prohíbe la utilización de detectores de metales en los bienes integrantes del patrimonio histórico de las Illes Balears, con la excepción de los equipos investigadores que soliciten y obtengan el permiso pertinente del consejo insular correspondiente.
