Articulo 25 Plan de acción territorial de ordenación y dinamización de la Huerta de València
Artículo 25. Espacios Públicos Urbanos de conexión con la Huerta de València
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1. Los espacios públicos urbanos de conexión con la Huerta de València son aquellos elementos que forman parte de la infraestructura verde urbana que deben ser conectados con otros elementos periurbanos de esta infraestructura, con el fin de lograr una red integrada y unitaria de espacios públicos de valor libres de edificación.
2. Se incluyen en esta categoría los jardines, plazas, parques urbanos y las calles y paseos que los conectan entre sí y con los principales hitos culturales y visuales, uniéndolos con los elementos de conexión y caminos históricos que articulan la Huerta de València.
3. El objetivo de calidad territorial y paisajística para los espacios públicos urbanos de conexión con la Huerta es mejorar la imagen urbana y permitir conexión peatonal y ciclista, dotándolos de un diseño unitario y buscando su conexión con los paisajes del entorno que forman parte de la infraestructura verde de la Huerta.
4. Los espacios públicos urbanos de conexión con la Huerta tendrán la clasificación de suelo que les otorgue el correspondiente instrumento de planeamiento de acuerdo con su naturaleza y características.
