Articulo 25 Presupuestos 2004 Canarias
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»Artículo 25. Libramiento de créditos.
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1. Las dotaciones del Presupuesto de la Sección 01 «Parlamento de Canarias», se librarán trimestralmente en firme a nombre del Parlamento. El primer libramiento se realizará en la primera semana del ejercicio y los restantes en la primera semana del trimestre correspondiente.
2. Los créditos destinados a la financiación de los gastos de funcionamiento del Consorcio Sanitario de Tenerife se abonarán de forma fraccionada por doceavas partes al comienzo de cada mes natural, pudiéndose autorizar el gasto de una sola vez por el total del crédito existente en la partida.
