Articulo 25 Presupuestos 2006 Canarias
Artículo 25. Competencias de los titulares de los departamentos.
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Durante el ejercicio 2006, corresponde a los titulares de los departamentos:
Autorizar en su sección las transferencias entre créditos del capítulo 1 de un mismo programa.
Autorizar en su sección las transferencias entre créditos de un mismo programa del capítulo 2.
Autorizar las ampliaciones de créditos que amparen gastos de personal conforme a lo establecido en el artículo 36.2, apartados a, b, salvo que venga impuesto por resolución judicial firme, y d de la Ley 7/1984, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, y anexo I de la presente Ley, apartados 1.a, 1.b, 1.c y 2.
Autorizar las generaciones de créditos derivados de los reintegros originados por las situaciones de incapacidad temporal.
