Articulo 25 Presupuestos 2020 Navarra
Artículo 25. Movimiento de fondos entre gastos de funcionamiento de centros docentes no universitarios y equipamiento en centros públicos.
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La persona titular de la Dirección General Recursos Educativos del Departamento de Educación podrá autorizar movimientos de fondos que se realicen entre la partida 410000-41600-2290-322000 denominada "Financiación del funcionamiento de centros docentes no universitarios", 410001-41810-6059-325100 denominada "Equipamiento en centros públicos", y la partida 422002-43200-6059-325100 "Equipamiento en centros públicos de Formación Profesional" o las que fuera necesario habilitar, siempre que se deriven de las peticiones de los centros docentes en ejecución de la previsión contenida en el artículo 17 del Decreto Foral 250/1992, de 6 de julio, por el que se regula el régimen de los ingresos y gastos derivados del funcionamiento de los centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Foral de Navarra.
