Articulo 25 presupuestos generales para el año 2017 de la comunidad autónoma de las Illes Balears
Artículo 25. Suspensión de determinadas prestaciones de acción social
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1. Se suspenden hasta el 31 de diciembre de 2017 las convocatorias y las concesiones de prestaciones y ayudas en concepto de acción social a favor del personal sometido al ámbito de aplicación del Decreto ley 5/2012, salvo las siguientes:
a) Ayudas para hijos menores de dieciocho años.
b) Ayudas para la atención a familiares con discapacidad.
c) Ayudas para estudios al personal al servicio de la comunidad autónoma y de sus hijos.
d) Ayudas en compensación de gastos derivados de asistencia sanitaria.
e) Los anticipos de retribuciones ordinarios y extraordinarios.
2. No obstante, a lo largo del ejercicio de 2017 y por acuerdo del Consejo de Gobierno, se podrán levantar las suspensiones relativas a otras prestaciones y ayudas, en el marco del plan económico-financiero vigente y en función de las disponibilidades presupuestarias del ejercicio.
