Artículo 25 presupuestos generales para el año 2026 de la Comunidad Autónoma de Galicia
Artículo 25. Retribuciones del personal de los cuerpos de funcionarios al servicio de la Administración de justicia
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Uno. El personal funcionario de los cuerpos al servicio de la Administración de justicia que desempeñe sus funciones en el ámbito competencial de la Comunidad Autónoma de Galicia percibirá las retribuciones que se determinen en la Ley de presupuestos generales del Estado y demás normativa que le sea de aplicación.
Dos. Los complementos y mejoras retributivas regulados en las disposiciones o acuerdos adoptados por los órganos de la Comunidad Autónoma en el ejercicio de sus competencias por lo que se refiere a este personal no experimentarán incremento alguno con respecto a las vigentes a 31 de diciembre de 2025, sin perjuicio de los acuerdos autorizados por el Consejo de la Xunta de Galicia en los años 2019-2025.
