Articulo 25 Programa de Intermediación en el Mercado de Alquiler de Vivienda Libre ASAP
Artículo 25.- Exclusión del Programa.
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1.- Será motivo de exclusión del Programa de Intermediación en el Mercado de Alquiler de Vivienda Libre ASAP (Alokairu Segurua, Arrazoizko Prezioa) durante seis meses:
a) La renuncia a una vivienda asignada en el Programa de Intermediación en el Mercado de Alquiler de Vivienda Libre ASAP (Alokairu Segurua, Arrazoizko Prezioa).
b) No atender los requerimientos del Agente Colaborador en orden a la formalización del contrato de arrendamiento, no aportar la documentación precisa en el plazo estipulado por el Agente Colaborador, no acudir al acto de firma del contrato o no firmarlo.
c) La imposibilidad por parte del Agente Colaborador de contactar en el plazo de tres días con la persona o unidad convivencial a la que corresponde asignar la vivienda.
2.- No supondrá la exclusión del Programa de Intermediación en el Mercado de Alquiler de Vivienda Libre ASAP (Alokairu Segurua, Arrazoizko Prezioa) la cancelación voluntaria de la solicitud de acceso a una vivienda siempre que la persona o unidad convivencial que la formule no ocupe el primer lugar para la asignación de dicha vivienda».
