Articulo 25 Protección Civil y Gestión de Emergencias de la Generalitat
Artículo 25. Los procedimientos de actuación
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1. Los procedimientos de actuación son el instrumento organizativo general de respuesta para hacer frente a riesgos concretos no contemplados en el artículo 6 del Real Decreto 407/1992, de 24 de abril, por el que se aprueba la Norma básica de protección civil. Se contará con procedimientos de actuación en aquellos riesgos que no dispongan de directriz básica para su elaboración, o que pese a disponer de ella, sea necesario contar con un documento previo a la elaboración del plan especial.
2. Los procedimientos de actuación de la Comunitat Valenciana serán aprobados por el conseller competente en materia de protección civil y gestión de emergencias, previo informe de la Comisión de Protección Civil de la Comunitat Valenciana.
