Articulo 25 Reconocimiento, Protección y Promoción de las Señas de Identidad del Pueblo Valenciano
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»Artículo 25. Naturaleza
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Se crea el Observatorio de las Señas de Identidad del Pueblo Valenciano como órgano colegiado de carácter consultivo, adscrito, dentro de la conselleria que tiene atribuidas las competencias en materia de desarrollo estatutario, a la dirección general que tiene asignadas las funciones en materia de protección, defensa, revalorización y difusión de dichas señas.

