Articulo 25 Reglamento de...ropolitano

Articulo 25 Reglamento de la Autoridad de Transporte Metropolitano

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Artículo 25. Régimen económico-financiero

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1. El régimen presupuestario, económico-financiero, de contabilidad, de intervención y de control financiero es el establecido, para este tipo de entidades, en la legislación sobre Hacienda Pública de la Generalitat.

2. La Autoridad de Transporte Metropolitano de València elaborará anualmente una propuesta de presupuesto para su integración en el anteproyecto de Ley de presupuestos de la Generalitat, conforme a las reglas generales de elaboración presupuestaria de la Generalitat, y que reflejará los gastos de personal y de administración electrónica, de servicios y los demás gastos necesarios para el funcionamiento del organismo y la consecución de sus fines.

En dichos presupuestos se tendrá en cuenta la estimación para el ejercicio presupuestario de los gastos derivados de los requerimientos de medios materiales y personales para la consecución de los objetivos del Plan plurianual de gestión que corresponda.

A tal efecto, la Dirección-Gerencia elevará al Consejo de Administración una propuesta de presupuesto con al menos 10 días de antelación a la fecha límite que se establezca por la conselleria competente en materia de hacienda para su remisión a la dirección general competente en materia de Presupuestos de la Generalitat.