Articulo 25 Reglamento de... Diputados

Articulo 25 Reglamento del Congreso de los Diputados

Ver Indice
»

Artículo 25.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico


1. Los miembros de la Cámara que, conforme a lo establecido en los artículos precedentes, no quedarán integrados en un Grupo Parlamentario, en los plazos señalados, quedarán incorporados al Grupo Mixto.

2. Ningún miembro de la Cámara podrá formar parte de más de un Grupo Parlamentario.

Modificaciones