Articulo 25 Reglamento de la Ley 3/1993, Forestal
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Artículo veinticinco

Vigente

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1. El Catálogo de Montes de Dominio Público y de Utilidad Pública y el Catálogo de Montes Protectores son registros públicos de carácter administrativo.

2. Los montes o terrenos forestales declarados de dominio público o de utilidad pública se inscribirán en el Catálogo de Montes de Dominio Público y de Utilidad Pública de la Comunidad Valenciana. Dicha inscripción presupone la presunción posesoria del titular del monte.

3. Los terrenos forestales declarados protectores se inscribirán en el Catálogo de Montes Protectores de la Comunidad Valenciana.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 01-06-1995 en vigor desde 02-06-1995