Articulo 25 Reglamento de Personal de los Cuerpos de Policia
Artículo 25.
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1. Las plazas de Cabo, Sargento, Subinspector e Inspector de los Cuerpos de Policía de Navarra que se hallen vacantes, se proveerán mediante promoción interna, desde el empleo inmediatamente inferior, por el sistema de concurso-oposición, según lo dispuesto en este Capítulo.
2. Las plazas citadas en el apartado anterior serán objeto de convocatoria cuando cumplan los siguientes requisitos:
Hallarse vacantes y previstas en la plantilla orgánica.
Estar dotadas presupuestariamente.
Figurar en la correspondiente oferta pública de empleo.
3. En las convocatorias para cubrir las vacantes de Cabo, Sargento, Subinspector e Inspector se establecerán dos turnos, uno de promoción interna para miembros del propio Cuerpo de Policía, y otro abierto a miembros de todos los Cuerpos de Policía de Navarra que cumplan los requisitos establecidos. A estos efectos, de cada tres vacantes que se produzcan se reservará la primera y la tercera al turno de promoción interna y la segunda al turno abierto.
Las plazas que no se cubran en el turno de promoción interna se declararán desiertas, previa acumulación, en su caso, de las que no se hubieran cubierto en el turno abierto.
