Articulo 25 Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales
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»Art. 25.
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La determinación de los límites de los municipios o entidades locales de ámbito territorial inferior al municipio, creados al amparo de lo dispuesto en los artículos 3.º y 6.º de este Reglamento, corresponderá a la Comunidad Autónoma respectiva.
