Articulo 25 Reglamento de los procedimientos de movilidad del personal funcionario de carrera de la Administración general y de las entidades públicas instrumentales integrantes del sector público autonómico
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»Artículo 25. Puestos susceptibles de libre designación
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De conformidad con el artículo 92.2 de la Ley 2/2015, de 29 de abril, solamente se pueden proveer por el procedimiento de libre designación con convocatoria pública entre personal funcionario de carrera las vicesecretarías generales, las subdirecciones generales o equivalentes, las secretarías de altos cargos y, excepcionalmente, aquellos otros puestos de trabajo de especial responsabilidad o cualificación profesional que se determinen en las relaciones de puestos de trabajo.
La disponibilidad horaria propia de los puestos trabajo provistos mediante libre designación no puede verse limitada por la concesión de modalidades no presenciales en la prestación de sus servicios.
