Artículo 25 Reglamento de...de Navarra

Artículo 25 Reglamento de provisión de puestos de trabajo en las Administraciones públicas de Navarra

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Artículo 25

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1. La aprobación, tramitación y resolución de las convocatorias de concursos de méritos para la provisión de puestos de trabajo en la Administración de la Comunidad Foral corresponderá al Consejero de Presidencia.

A los efectos previstos en el párrafo anterior, los Consejeros de los restantes departamentos de dicha Administración remitirán al Consejero de Presidencia las correspondientes propuestas de convocatoria.

2. La aprobación, tramitación y resolución de las convocatorias de concursos de méritos para la provisión de puestos de trabajo en los organismos públicos dependientes de la Administración de la Comunidad Foral corresponderá a los órganos que, de conformidad con su normativa específica, resulten competentes. Si dicha normativa no determinase los órganos mencionados, la competencia se entenderá atribuida al Consejero del departamento al que estuviese adscrito el organismo público correspondiente.

3. La aprobación, tramitación y resolución de las convocatorias de concursos de méritos para la provisión de puestos de trabajo en las Entidades Locales de Navarra y en los organismos públicos dependientes de las mismas corresponderá a los órganos que, de conformidad con su normativa específica, resulten competentes.