Artículo 25 Reglamento de Vehículos Históricos -Vigente-
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»Artículo 25. Infracciones y sanciones.
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El incumplimiento de las disposiciones de este reglamento se sancionará con arreglo al régimen de infracciones y sanciones previsto en el título V del texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, y en el título V de la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria.
