Articulo 25 Síndic de Greuges de I. Balears
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»Artículo 25. Infracciones al Estatuto de Autonomía.
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Cuando el Síndic de Greuges considere que una resolución de los Tribunales infringe el Estatuto de Autonomía en tanto que supone el desconocimiento de un derecho fundamental, lo pondrá en conocimiento del Defensor del Pueblo a efectos de la interposición, si procede, del correspondiente recurso de amparo.
