Articulo 25 TR. Ley del Suelo
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»Artículo 25.- Funciones.
Vigente
Los Planes de Ordenación Territorial tienen por objeto.
a) La ordenación integrada de ámbitos subregionales, comarcaleso supramunicipales, mediante la coordinación de las políticas sectoriales y urbanísticas de interés regional, para un desarrollo equilibrado y sostenible del territorio y la ejecución de infraestructuras generales.
b) También tienen por objeto la planificación de sectores de actividad específica que por tener incidencia territorial requieren un instrumento técnico de apoyo para la expresión y formulación de sus políticas sectoriales.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 09-12-2005 en vigor desde 09-01-2006