Articulo 25 TR. Ley del Suelo
Ver Indice
»Artículo 25.- Funciones.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Los Planes de Ordenación Territorial tienen por objeto.
a) La ordenación integrada de ámbitos subregionales, comarcaleso supramunicipales, mediante la coordinación de las políticas sectoriales y urbanísticas de interés regional, para un desarrollo equilibrado y sostenible del territorio y la ejecución de infraestructuras generales.
b) También tienen por objeto la planificación de sectores de actividad específica que por tener incidencia territorial requieren un instrumento técnico de apoyo para la expresión y formulación de sus políticas sectoriales.
