Articulo 25 Transparencia, Buen Gobierno y Grupos de Interés
Artículo 25. Órganos competentes
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1. El órgano competente para acordar la incoación será:
a) Cuando el presunto responsable sea el Presidente del Consejo de Gobierno, el Presidente del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno.
b) Cuando el presunto responsable sea un Consejero, el Consejo de Gobierno, a propuesta del Consejero competente en materia de transparencia o, si este fuera el presunto responsable, del Consejero que corresponda según el orden establecido en el Decreto del Presidente por el que se determinan las Consejerías.
c) Cuando el presunto responsable sea otro alto cargo o personal al servicio de los órganos, organismos o entes del Principado de Asturias, el Consejero competente en materia de transparencia.
d) Cuando el presunto responsable sea alguno de los restantes sujetos del artículo 2.1, el órgano que corresponda de acuerdo con la normativa que en cada caso le sea de aplicación.
e) Cuando el presunto responsable sea alguno de los sujetos del artículo 2.2 o del artículo 3, el titular del órgano, organismo o ente al que se encuentre vinculado o, en el caso de los contratos y convenios, el titular del sujeto que los suscriba.
2. La instrucción de los expedientes corresponderá a la Oficina de Buen Gobierno y Lucha contra la Corrupción en el ámbito de la Administración del Principado de Asturias, o sus organismos, entes y sociedades. En el resto de supuestos, se estará a lo dispuesto en la normativa que en cada caso sea de aplicación.
3. La competencia para la imposición de sanciones corresponderá a:
a) Cuando el responsable sea el Presidente del Consejo de Gobierno, el Pleno del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno.
b) Cuando el responsable sea un Consejero, el Consejo de Gobierno.
c) Cuando el responsable sea otro alto cargo o personal al servicio de los órganos, organismos o entes del Principado de Asturias, el Consejo de Gobierno si se tratara de infracciones muy graves, y, si se tratara de infracciones leves o graves, el Consejero competente en materia de transparencia.
d) Cuando el presunto responsable sea alguno de los restantes sujetos del artículo 2.1, el órgano que corresponda de acuerdo con la normativa que en cada caso le sea de aplicación.
e) Cuando el presunto responsable sea alguno de los sujetos del artículo 2.2 o del artículo 3, el titular del órgano, organismo o ente al que se encuentre vinculado o, en el caso de los contratos y convenios, quien los suscriba.
