Articulo 25 Uso del euskera en las administraciones públicas
Artículo 25. Número y características de los puestos bilingües.
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1. Los puestos bilingües establecidos en las plantillas orgánicas deberán ser suficientes en número para garantizar los objetivos establecidos en la Ley Foral del Euskera y en el presente decreto foral.
2. La determinación de los puestos bilingües se hará teniendo en cuenta los objetivos específicos previstos en el artículo 3 de este Decreto Foral para cada zona lingüística y para los servicios centrales de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, así como la naturaleza de su servicio y de sus comunicaciones, considerándose como puestos bilingües preferentemente los que tengan entre sus funciones algunas de las siguientes:
a) Prestar atención general directa al público en centrales telefónicas, oficinas de registro o recepciones; especialmente, en servicios de seguridad ciudadana y atención de urgencia, y en servicios de protección civil y emergencias.
b) Ofrecer información específica a la ciudadanía, tanto de manera oral como escrita, sobre servicios o procedimientos administrativos.
c) Generar comunicaciones dirigidas a la ciudadanía o gestionar habitualmente documentación en euskera.
d) Atender a población de la zona vascófona.
e) En el caso de servicios centrales de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, estar incluido en un circuito bilingüe.
3. La determinación de los puestos bilingües se realizará a propuesta del departamento al que estén adscritos, previo informe favorable de Euskarabidea-Instituto Navarro del Euskera, para su inclusión en el correspondiente decreto foral de modificación de la plantilla orgánica.
4. Las personas que accedan a un puesto bilingüe habrán de responder a las necesidades lingüísticas de dicho puesto.
5. Los puestos bilingües de difícil provisión podrán ser ocupados con carácter temporal por personas que no tengan el requisito lingüístico exigido. A estos efectos, se entiende por puesto de difícil provisión aquel puesto de trabajo bilingüe ofertado a la contratación temporal que, tras el llamamiento a todas las personas aspirantes disponibles, no se haya podido cubrir.
