Artículo 25 Voluntariado de Cantabria

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Artículo 25. Pérdida de la condición de persona voluntaria.

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1. La entidad de voluntariado especificará en su reglamento interno de funcionamiento las causas de extinción de la relación de voluntariado.

2. Tendrán en todo caso dicho efecto la inobservancia de las previsiones contenidas en esta ley, particularmente de los deberes contemplados en el artículo 14 de esta Ley o la actuación contraria a los principios y fines del voluntariado.

3. Los procedimientos para resolver el compromiso de acción voluntaria estarán a lo establecido en la letra j) del apartado 2 del artículo 22 de esta Ley.