Articulo 250 Ley Orgánica del Poder judicial
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Articulo 250.
Vigente
Corresponderá a los Presidentes de Sala y a los de Sección el señalamiento de las vistas o trámite equivalente y el del comienzo de las sesiones del juicio oral.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 02-07-1985 en vigor desde 03-07-1985