Articulo 252 se aprueba el TR. de la Ley Municipal y de Régimen Local de Cataluña
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»Artículo 252. Gestión directa.
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252.1 En la gestión directa por el propio ente local, éste asume y centraliza el servicio, y ejerce de manera exclusiva las potestades de dirección y de gestión.
252.2 Los medios personales y materiales del servicio se adscriben y se integran en el presupuesto del ente local, de acuerdo con el principio de unidad presupuestaria.
