Articulo 25205 DLeg 3/2...s públicos

Articulo 25205 DLeg. 3/2008, de 25 de junio, Cataluña, TR. Ley de tasas y precios públicos

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Artículo 25.20-5. Cuota.

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La cuota de la tasa es la siguiente:

a) Por ocupaciones inferiores a un año y autorizaciones dentro del ámbito de concesiones: 176,92 euros.

b) Por ocupaciones superiores a un año: 386,92 euros.

Modificaciones