Articulo 255 se aprueba e...lla y León

Articulo 255 se aprueba el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León

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Artículo 255. Sistemas de concierto.

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El sistema de concierto tiene por objeto la gestión urbanística de una actuación integrada actuando como urbanizador:

a) El propietario único o la comunidad en proindiviso de la totalidad de los terrenos de la unidad de actuación que no sean de uso y dominio público.

b) El conjunto de los propietarios de los terrenos de la unidad de actuación que no sean de uso y dominio público, garantizando solidariamente su actuación ante el Ayuntamiento mediante alguna de las siguientes posibilidades:

1) Suscribiendo un convenio por todos ellos.

2) Suscribiendo un convenio urbanístico con el Ayuntamiento.

3) Constituyendo una sociedad mercantil participada por todos ellos.

4) Constituyendo una Asociación de Propietarios.