Articulo 256 Administraci...de Navarra

Articulo 256 Administración Local de Navarra

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Artículo 256. Vacaciones, Licencias y Permisos.

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La concesión de vacaciones, licencias y permisos de los funcionarios locales con habilitación de la Comunidad Foral de Navarra, se realizarán por las entidades locales de las que dependen, de conformidad a la reglamentación vigente de aplicación y en los supuestos de traslado, en función del tiempo prestado en cada entidad.