Articulo 258 Derecho civil de Galicia
Ver Indice
»Artículo 258.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
La preterición intencional de un descendiente no afecta a la validez de las disposiciones por causa de muerte. El legitimario sólo tendrá derecho a percibir su legítima conforme a las reglas de la presente ley. Lo mismo se entenderá en el caso de preterición del cónyuge, sea intencional o no.
